Confirman la Res. N° 021 – 2009/CFD- INDECOPI en el extremo que redujo la cuantía de los derechos antidumping impuestos sobre las importaciones de aceites refinados de soya, girasol y sus mezclas

Res. N° 1376 – 2010/SC1-INDECOPI

Mediante esta norma se confirma la Resolución  N° 021 – 2009/CFD-INDECOPI de fecha  06 de febrero de 2009 en el extremo que redujo la cuantía de los derechos antidumping impuestos sobre las importaciones de aceites refinados de soya, girasol y sus mezclas, originarios y/o procedentes de la República Argentina, producidos y/o exportados  por Molino Río de la Plata S.A. Aceitera General Deheza S.A., Nidera S.A. y en US$ 73,000 por tonelada par las cuatro empresas antes mencionadas.

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