AUTORIZAN TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2016, PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURA URBANA

DECRETO SUPREMO

Nº 129-2016-EF

 

La  Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y
promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros
poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
señalando que tiene competencia en materia de vivienda, construcción,
saneamiento, urbanismo, desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en
dichas materias;

 

La Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo
programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el
nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas,
siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del
mismo programa, señalando que dichas transferencias se realizarán mediante
Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro
del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe
favorable de la Dirección General de Presupuesto Público.

 

A través del Informe Nº 056-2016-VIVIENDAVMVU-
PMIB, el Director Ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto
por el artículo 13 de la Ley Nº 30372, solicita gestionar el dispositivo legal
que autorice una transferencia de partidas a favor de diversos pliegos
Gobiernos Locales para financiar la ejecución de cinco (05) proyectos de
inversión pública de infraestructura urbana, con cargo a la fuente de
financiamiento Recursos Ordinarios, los cuales se encuentran viables en el
marco del Sistema de Inversión Pública, cuentan con los convenios y/o adendas
suscritas en el marco de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30372.

 

Por ello, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de OCHO MILLONES CIENTO
SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 8 171 778,00),
del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de
diversos pliegos Gobiernos Locales para el financiamiento de cinco (05)
proyectos de inversión pública de infraestructura urbana, con cargo a la fuente
de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:

 

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