RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00419-2020-PRODUCE
Artículo 1.- AUTORIZACIÓN, DE MANERA EXCEPCIONAL, DE EXTRACCIÓN, TRASLADO Y ABASTECIMIENTO DEL RECURSO CONCHA DE ABANICO (Argopecten purpuratus)
Autorizar, de manera excepcional, la extracción, traslado y abastecimiento con fines acuícolas de 69.00 toneladas de ejemplares menores a los 65 mm de altura valvar del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus), en el ámbito marino donde se distribuye dicho recurso, esto es, frente al litoral de la Provincia Constitucional del Callao, y en el lado sudeste de la isla San Lorenzo.
El desarrollo de las actividades autorizadas en el párrafo anterior, se sujetan a las condiciones previstas en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- INICIO Y CONCLUSIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE EXTRACCIÓN, TRASLADO Y ABASTECIMIENTO DEL RECURSO CONCHA DE ABANICO (Argopecten purpuratus)
El inicio de la actividad de extracción, traslado y abastecimiento del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) se sujeta a la comunicación sobre los días previstos para el desarrollo de las actividades autorizadas a que se refiere el literal b) del artículo 5 de la presente Resolución Ministerial, y concluirá cuando se alcance la cuota establecida en el artículo precedente o, en su defecto, al 31 de diciembre de 2020.