Autorizan a las Intendencias de Aduana de la República a no considerar los días 18 al 20 de enero en el cómputo de los plazos

Res. N° 039-2010/SUNAT/A

Autorízase a las Intendencias de Aduana de la República, para que en los trámites vinculados con el traslado de mercancías en el proceso de manifiesto de carga y en los regímenes aduaneros, especiales o de excepción que se vieron afectados por la paralización de las operaciones de descarga, transbordo, embarque y movilización de contenedores y carga suelta, realizada por los transportistas de carga, se suspendan los días 18 al 20 de enero del año en curso del cómputo de los plazos y términos establecidos en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

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