APRUEBAN REGLAMENTO QUE REGULA LA CONSTITUCIÓN DEL FIDEICOMISO EN GARANTÍA SOBRE BIENES INMUEBLES PARA GARANTIZAR LOS PLANES DE CIERRE DE MINAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 251-2016-MEM/DM

 

El artículo 11 de la Ley que regula el Cierre de Minas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 033-2005-EM y modificaciones, disponen que los titulares de la actividad minera deben constituir garantías que aseguren el cumplimiento de los Planes de Cierre de Minas. De esta manera, establecen las características de las garantías y dispone que, las garantías ambientales pueden ser Fideicomiso en Garantía sobre bienes muebles e inmuebles distintos a las concesiones para actividades mineras y a las instalaciones objeto del Plan de Cierre de Minas.

En tal sentido, mediante la presente resolución, se aprueba el Reglamento que regula la constitución de este tipo de garantías con la finalidad de reglamentar las disposiciones que se aplican sobre la modalidad de garantía otorgada por el titular de la actividad minera, referida al fideicomiso en garantía sobre bien(es) inmueble(s) distinto(s) a las concesiones para actividades mineras y a las instalaciones objeto del Plan de Cierre de Minas (en adelante Contrato de Fideicomiso en Garantía sobre bienes inmuebles).

La presente norma y el Reglamento aprobado, se encuentran publicados en el Portal del Diario Oficial “El Peruano”. (http://www.elperuano.pe/)

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