Aprueban Reglamento del Registro de Buenas Prácticas Ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA.

Res. N° 034-2014-OEFA/CD.-

La norma hace referencia que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2014-OEFA/CD del 19 de agosto del 2014 se dispuso la publicación del proyecto normativo que aprobaría el Reglamento del Registro de Buenas Prácticas Ambientales en el Portal Institucional de la entidad, con la finalidad de recibir los comentarios, sugerencias y observaciones de la ciudadanía en general, por un período de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la citada resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM.

Señalan que habiendo recabado comentarios, sugerencias y observaciones de los interesados, corresponde aprobar el texto definitivo del Reglamento del Registro de Buenas Prácticas Ambientales;

Por lo cual, aprueban el Reglamento del Registro de Buenas Prácticas Ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, el cual consta de once (11) Artículos, una (1) Disposición Complementaria Final, una (1) Disposición Complementaria Transitoria y un (1) Anexo, y que forma parte de la Resolución.

Disponen la publicación de la Resolución y la norma aprobada en el Artículo 1º en el diario oficial El Peruano y el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe).

Fecha de publicación: Sábado 25 de octubre

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