Res. N° 215-2007
Se ha aprobado el Reglamento de Microseguros que forma parte integrante de la referida Resolución, el cual ha establecido la definición de microseguro, siendo la siguiente:
"El microseguro es un seguro masivo, de bajo costo y cobertura reducida, por el cual se busca brindar protección efectiva a las personas naturales y microempresarios, frente a la ocurrencia de riesgos humanos o patrimoniales, que les afecten, con los límites establecidos en el artículo 3° del Reglamento en cuestión.
La cobertura es otorgada por una empresa de seguros autorizada por la Superintendencia y contratada bajo la modalidad de seguro individual o colectivo".