Aprueban Procedimiento Técnico COES PR- 15 “Valorización de las Transferencias de Energía Reactiva”, modifican Procedimiento Técnico COES PR-01 “Programación de la Operación de Corto Plazo” y el Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Técnicos del COES – SINAC” , y derogan otros procedimientos técnicos.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 178-2015-OS/CD.
Aprueban el Procedimiento Técnico COES PR-15 “Valorización de las Transferencias de Energía Reactiva”” contenido en el Anexo A de la Resolución; modifican el Procedimiento Técnico COES PR-01 “Programación de la Operación de Corto Plazo” de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo B de la Resolución y el “Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Técnicos del COES-SINAC” de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo C de la Resolución; y, derogan el Procedimiento N° 15 “Valorización de Transferencias de Energía Reactiva entre Integrantes del COES” y derogan el Procedimiento Técnico COES PR-11 “Reconocimiento de Costos por Regulación de Tensión en Barras del SEIN”.
La resolución, así como los Anexos A, B y C, deberán ser publicados en el diario oficial El Peruano y consignados, conjuntamente con el Informe Técnico N° 493-2015-GART y el Informe Legal N° 499-2015-GART de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, en el portal de internet de Osinergmin: www2.osinergmin.gob.pe.
La Resolución entrará en vigencia el primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano; y el presente Procedimiento Técnico COES entrará en vigencia el 01 de setiembre de 2015. Para la valorización correspondiente al mes de agosto de 2015 será aplicable el Procedimiento N° 15 “Valorización de Transferencias de Energía Reactiva entre Integrantes del COES”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 143-2001-EM/VME.