Aprueban “Procedimiento de Control de Calidad de Gas Licuado de Petróleo (GLP)”.

Resolución N° 382-2008-OS/CD.

Se dispone aprobar el "Procedimiento de Control de Calidad del Gas Licuado de Petróleo (GLP)" en las Estaciones de Servicios que expenden GLP, Gasocentros, Plantas, Envasadoras, Plantas de Abastecimiento, Terminales, Refinerías, Locales de Venta, Distribuidores de GLP en cilindros, Medios de Transporte, Redes de Distribución y Consumidores Directos, el mismo que obra adjuntado en el Anexo I de la presente resolución.

Asimismo, se dispone aprobar el Acta de Supervisión de Control de Calidad del GLP y lsa Carta de Visita de Supervisión para el Control de Calidad del Gas Licuado de Petróleo en las Estaciones de Servicios que expenden GLP, Gasocentros, Plantas, Envasadoras, Plantas de Abastecimiento, Terminales, Refinerías, Locales de Venta, Distribuidores de GLP en cilindros, Medios de Transporte, Redes de Distribución y Consumidores Directos, los mismos que obran adjuntados en los Anexos II y III (respectivamente) de la presente resolución.

A su vez, se modifica los numerales 2.7 y 2.11.5, y se agrega el numeral 1.1.23 de la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN.

Finalmente, se dispone la publicación de esta resolución en la página web de OSINERGMIN.

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