Aprueban nueva lista de insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados, objeto de control a que se refiere el Artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1126

Aprueban
la lista de insumos químicos y productos, mezclas y disolventes que están
sujetos al registro, control y fiscalización en el territorio nacional,
inclusive en las zonas geográficas sujetas al Régimen Especial para el control
de Bienes Fiscalizados, cualquiera sea su denominación, forma o presentación; de
acuerdo al detalle de los anexos correspondientes del presente Decreto Supremo.

Aprueban
la lista de insumos químicos y productos, y mezclas que están sujetos al
registro, control y fiscalización, únicamente en las zonas geográficas sujetas
al Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados, cualquiera sea su
denominación, forma o presentación, de acuerdo con el detalle contenido en los
anexos correspondientes del presente Decreto Supremo.

El
decreto supremo entra en vigencia a los noventa (90) días calendarios contados
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Derogan
el Decreto Supremo N° 024-2013-EF y la Única Disposición Complementaria Final
del Decreto Supremo N° 107-2013-EF. 

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