APRUEBAN NORMAS SOBRE CAPITAL OPERATIVO APLICABLES A LOS AGENTES DE INTERMEDIACIÓN

RESOLUCIÓN SMV

Nº 037-2016-SMV/01

 

Mediante la presente Resolución, se aprueban las Normas sobre capital operativo aplicables a los agentes de intermediación, las cuales son aplicables a los Agentes de Intermediación a los que la SMV otorga autorización de funcionamiento y tienen por finalidad establecer la metodología que deberá aplicarse, así como los requisitos que deberán cumplir los agentes de intermediación para tener un capital operativo, por el componente referido al riesgo operacional que asumen en función del tamaño de sus operaciones, adicional a su capital social mínimo.

 

La presente Resolución se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe), y entrará en vigencia a partir del 30 de junio de 2017.

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