Res. N° 027-2013/CLC-INDECOPI.-
La presente norma señala como antecedente que durante la última década, la Comisión y la Sala Especializada en Defensa de la Competencia han establecido y aplicado de manera uniforme determinados criterios de interpretación acerca de los requisitos aplicables a las solicitudes de confidencialidad que formulan los administrados en las investigaciones preliminares y los procedimientos sobre conductas anticompetitivas y sobre control de concentraciones empresariales en el sector eléctrico.
Por lo cual, con la finalidad de orientar a los administrados acerca de la correcta interpretación del artículo 32 del Decreto Legislativo 1034 y agilizar la tramitación de sus solicitudes de confidencialidad, esta Comisión considera pertinente aprobar los Lineamientos sobre Confidencialidad propuestos por la Secretaría Técnica.
Fecha de publicación 13.10.13