RESOLUCIÓN N° 253 -2018/SUNAT
Por la presente norma se suspende la aplicación del literal a) del inciso 4.2.2 del numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT y normas modificatorias.
La solicitud que se presente a partir del 1 de abril de 2019 será considerada para efecto de dicho literal como primera solicitud.
La suspensión a que se refiere el presente artículo también se produce a efecto de lo indicado en el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT y normas modificatorias.
Asimismo, se modifíca el epígrafe y el inciso d) del párrafo 1.1 del artículo 1 y el segundo párrafo del inciso b) del párrafo 2.1 del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 155-2017/SUNAT, en los siguientes términos:
“Artículo 1. Designación de nuevos emisores electrónicos a partir del año 2018 y en el año 2019
1.1. (…)
- d) Desde el 1 de marzo de 2019, a los sujetos comprendidos en el anexo IV de la presente resolución.
(…).”
“Artículo 2. Designación de nuevos emisores electrónicos a partir del año 2018 y en adelante
(…)
2.1 (…)
- b) (…)
La designación operará desde el 1 de noviembre del año siguiente a aquel en que superen el referido límite, salvo cuando dicho límite se supere en el año 2017, en cuyo caso la designación operará desde el 1 de marzo de 2019.”