Res. N° 309-2013/SUNAT.-
La presente norma hace referencia que lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia N.° 173-2013/SUNAT, Resolución por la cual aprobaron las normas relativas al Registro, dispuso que en tanto no se apruebe el mencionado formulario de modificación o actualización, se deberán presentar solicitudes en hoja simple.
Por lo cual, de lo señalado establecen necesario aprobar el formulario a que hace referencia el numeral 14.2 del artículo 14° de la Resolución de Superintendencia N.° 173-2013/SUNAT
Mediante la presente resolución aprueban el Formulario F-101 “Solicitud de modificación o actualización de la información del Registro para el Control de Bienes Fiscalizados” que como anexo forma parte de la presente resolución.
Finalmente hace referencia que para efecto del formulario señalado, los Usuarios sólo consignarán en el mismo los datos que se modifican o actualizan. El referido formulario se encontrará a disposición en SUNAT Virtual a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.
Fecha de publicación 12.10.13