RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 00018-2020-PRODUCE/DGPAR
Artículo 1º.- APROBAR los formatos para la presentación de los reportes trimestrales a los que hace referencia en el literal c) del artículo 13 y b) del artículo 19 del Reglamento para la Asignación del Código Mundial del Fabricante (WMI) de Vehículos de Transporte Terrestre, los mismos que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º. – DISPONER que los reportes trimestrales a los que se hace referencia en el artículo precedente deberán ser ingresados a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dentro de los quince días hábiles posteriores al término de cada periodo, debiendo tenerse en consideración lo siguiente:
Primer periodo |
De enero a marzo |
Segundo periodo |
De abril a junio |
Tercer periodo |
De julio a setiembre |
Cuarto periodo |
De octubre a diciembre |