APRUEBAN FACTORES DE REAJUSTE APLICABLES A OBRAS DE EDIFICACIÓN CORRESPONDIENTES A LAS SEIS ÁREAS GEOGRÁFICAS PARA LAS OBRAS DEL SECTOR PRIVADO PRODUCIDAS EN EL MES DE OCTUBRE DE 2017.

RESOLUCION JEFATURAL N° 382-2017-INEI

Esta ley aprueba factores de reajuste aplicables a obras de edificación correspondientes a las seis áreas Geográficas, derivados de la variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, producidas en el período del 1 al 31 de Octubre de 2017. Estos serán aplicados sobre el monto de la obra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra.

Las áreas se agrupan de la siguiente forma:

a) Área Geográfica 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín.

b) Área Geográfica 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica.

c) Área Geográfica 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali.

d) Área Geográfica 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.

e) Área Geográfica 5: Loreto.

f) Área Geográfica 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

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