Aprueban el Procedimiento para la aprobación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) de Contaminación Ambiental

D.S. N° 033-2007-PCM

Se ha aprobado el procedimiento para la aprobación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) de Contaminación Ambiental, cuyo proceso es dirigido por el Consejo Nacional del Ambiente y que comprenderá de las siguientes etapas:

  1. Elaboración de la propuesta de ECA o LMP por parte de la autoridad responsable establecida en el Cronograma de Privatizaciones para la aprobación progresiva de Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles, aprobado por el Decreto del Consejo Directivo N° 029-2006-CONAM/CD, para su respectiva remisión al CONAM.
  2. Conformación de un Grupo de Trabajo por parte Consejo Nacional del Ambiente, y coordinado por él de ser necesario, para la revisión de la propuesta con la participación de representantes de la autoridad responsable de la elaboración de ECA o LMP, de otras autoridades involucradas o profesionales especialistas que se considere pertinente.
  3. Conducción, por parte del Consejo Nacional del Ambiente, del proceso de Consulta Pública de la propuesta revisada por dicha Entidad, en coordinación con el sector responsable de elaborar la propuesta de ECA o LMP, debiéndose publicar el anteproyecto de la norma aprobatoria de ECA o LMP en el Diario Oficial el Peruano y en el Portal Web del Consejo Nacional del Ambiente. El proceso e Consulta Pública tendrá una duración e treinta (30) días calendario a partir de la publicación del anteproyecto de la norma.
  4. Remisión a la Presidencia del Consejo de Ministros, por parte del Consejo Nacional del Ambiente, de la propuesta de ECA o LMP incorporado, de ser el caso, los aportes resultantes del proceso de Consulta Pública, para su aprobación por Decreto Supremo.
  5.  

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