Aprueban el procedimiento Específico “Retorno de Mercancías/Reingreso – Salida- INTA – PE. 02.02 (Versión 3)

Res. N° 040-2010/SUNAT/A

Se establece las pautas a seguir para el Reingreso Temporal de Mercancías exportadas que no fueron aceptadas y su posterior Salida, luego de levantar las observaciones realizadas en el país de destino. Dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en el despacho de Reingreso/Salida de mercancías.

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