Aprueban disposiciones complementarias respecto del control metodológico de medios de medición de agua potable, energía eléctrica y gas.

Res. N° 001-2014/SNM-INDECOPI.-

Mediante Resolución Nº 007-2012/SNMINDECOPI se aprueba con carácter obligatorio la Norma Metrológica Peruana NMP 016:2012 “MEDIDORES DE GAS. Parte 1: Requisitos metrológicos y técnicos. Parte 2: controles metrológicos y ensayos de funcionamiento”; y, que habiéndose recibido consultas sobre la Resolución Nº 001-2012/SNM-INDECOPI y luego de la evaluación correspondiente, se ha visto la necesidad de ampliar su alcance a medidores de gas y hacer precisiones sobre los certificados de aprobación de modelo procedentes del extranjero y el reconocimiento de organismos autorizados para efectuar la verificación inicial de medidores.

Por lo cual, el objetivo de la presente resolución es complementar y precisar la normativa emitida en materia de medidores de agua, energía eléctrica y gas. Ampliando el alcance de obligatoriedad de los controles metrológicos de aprobación de modelo, verificación inicial y periódica a los medidores de gas con arreglo a la norma metrológica peruana vigente.

 

 

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