Aprueban cuota máxima de comercialización de cueros y/o pieles de «sajino» y de «huangana», provenientes de la caza de subsistencia por un periodo de un año

R.D. Nº 001-2010-AG-DGFFS

Se aprueban cuota máxima de comercialización de cueros y/o pieles de Pecari tajacu "sajino" y de Tayassu pecari "huangana", provenientes de la caza de subsistencia (despojos no comestibles) por un periodo de un año, contado a partir del 01 de enero del 2010.

 

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