Aprueban cronograma para la presentación de estados financieros auditados anuales al 31 de diciembre de 2014 de entidades no supervisadas por la SMV, a que se refiere el artículo 5 de la Ley N° 29720.

Res. N° 014-2015-SMV/11.-

 

Se hace mención lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Nº 29720, “Ley que Promueve las Emisiones de Valores Mobiliarios y Fortalece el Mercado de Capitales”, establece que las sociedades o entidades distintas a las que se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de servicios o sus activos totales sean iguales o excedan a tres mil unidades impositivas tributarias, deben presentar a esta Superintendencia sus estados financieros auditados.

 

 

Por lo cual, disponen aprobar el cronograma para la presentación de los estados financieros auditados anuales al 31 de diciembre de 2014 de las sociedades comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 5 de la Ley Nº 29720 y Resolución SMV Nº 011-2012- SMV/01, conforme se establece en la norma.

 

 

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