APRUEBA EL MODELO DE CONVENIO DE ABASTECIMIENTO DE DESCARTES Y RESIDUOS DE RECURSOS HIDROBIOLÓGICOS, ASÍ COMO DE AQUELLA MATERIA PRIMA NO CONSIDERADA POR SELECCIÓN DE TALLA, PESO O CALIDAD, RESPECTO A

 

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 067-2015-PRODUCE/DGSF

 

El  Reglamento de la Ley General
de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el
Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción, por intermedio de la Dirección
General de Seguimiento, Control y Vigilancia,

hoy Dirección General de Supervisión y Fiscalización, así como de las
dependencias regionales de pesquería y otros organismos a los que se le delegue
dicha facultad, llevará a cabo el seguimiento, control y vigilancia de las
actividades pesqueras, para cuyo efecto implementará los mecanismos necesarios
para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios;

 

En vista de ello se aprueba el modelo de Convenio de abastecimiento de
descartes y residuos de recursos hidrobiológicos, así como de aquella materia
prima no considerada por selección de talla, peso o calidad, respecto a los
recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), la
misma que en

 

La presente resolución podrá ser visualizada en el Portal
Institucional del Ministerio de la Producción, sus anexos parte integral de la
resolución serán publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la
Producción.

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