Amplían la duración del permiso por lactancia materna / Ley N° 28731

Ley N° 28731

Mediante la presente ley se dispone lo siguiente:

  • La madre trabajadora, al término del período postnatal y dentro de la jornada laboral, tiene derecho a una (1) hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que su hijo tenga un (1) año de edad. En caso de parto múltiple, la madre tiene derecho a dos (2) horas diarias de permiso por lactancia materna. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales, dentro de la jornada laboral y en ningún caso será materia de descuento.
  • La madre trabajadora y su empleador podrán convenir el horario en que se ejercerá este derecho de permiso por lactancia materna.
  • Es importante señalar que este derecho es insustituible, por lo cual, no podrá ser compensado ni sustituido por ningún otro beneficio.

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