Acuerdo entre la República del Perú y la República de Costa Rica sobre Supresión de Visas de Turistas en Pasaportes Ordinarios

La República del Perú y la República de Costa
Rica, animados por estrechar aún más los lazos de fraternidad y amistad
existentes entre los dos países, y tomando en cuenta el interés manifestado en
conversaciones recientes por las autoridades competentes de ambos países, en
materia de Promoción Turística, deseando conceder mutuamente mayores
facilidades en los procedimientos de viaje entre los nacionales titulares de
pasaportes ordinarios de ambas Partes; han acordado que los titulares de
pasaportes ordinarios válidos vigentes de cada una de las Partes, podrán
ingresar al territorio de la otra Parte, con la calidad migratoria de turista,
sin necesidad del requisito de visa, hasta por noventa (90) días calendario,
contados a partir de su entrada, de acuerdo a la legislación nacional
respectiva.

 

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