Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29685, Ley que establece medidas especiales en casos de desaparición de niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad mental, física o sensorial

DECRETO SUPREMO N° 006-2018-IN

El Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento de la Ley N° 29685 que regula las medidas especiales para la atención de denuncias de desaparición de niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad mental, física o sensorial, así como las destinadas a su búsqueda, localización y protección.

 

De este modo, se dispuso que ante la ausencia de una persona de su domicilio habitual y de la cual se desconoce su paradero, cualquier persona con legítimo interés en su ubicación tiene derecho a presentar una denuncia a través de las unidades policiales a nivel nacional. En ese sentido, el personal policial tiene la obligación de recibir y tramitar las denuncias por desaparición de personas con inmediatez, urgencia y prioridad, bajo responsabilidad funcional, dentro de las veinticuatro horas de presentada la denuncia, sin perjuicio de recibirla también, aunque haya vencido dicho plazo.

 

Asimismo, se dispuso la creación de la “Alerta de Emergencia por desaparición de niños, niñas y adolescentes”, como nota de alerta que se activa ante la desaparición de un niño, niña o adolescente cuya vida e integridad se encuentre en alto riesgo, de carácter temporal y se difunde por entidades públicas y privadas.

 

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