Ordenanza No. 207-MSI.
Mediante esta Ordenanza se ha derogado el inciso a) del numeral 1 del artículo 22° de la Ordenanza No. 104-MSI, así como el ítem 3.70 del Índice de Publicidad del distrito de San Isidro. A su vez, se ha modificado los artículos 27° y 29° de la mencionada Ordenanza.
De esta manera, se ha prohibido la instalación de elementos de publicidad, cualquiera sea su tipo, en azoteas o aires de las edificaciones ubicadas en zonas residenciales y/o comerciales del distrito, así como la instalación de paneles monumentales; bajo apercibimiento de la imposición de las sanciones administrativas.