Modifican el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM y emiten otras disposiciones.

D.S. N° 033-2013-EM

Modifican el numeral 2.18 del artículo 2° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, referido al “Margen de Distribución”.

Asimismo, incorporan el Título VI-A al Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, referido al “Abastecimiento de redes de distribución de gas natural mediante Gas Natural Comprimido (GNC) o Gas Natural LICUEFACTADO (GNL).

Por último, el presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su presente publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y será refrendado por el Ministro de Energía y Minas.

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