Decreto Supremo que modifica el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 014-2012-AG, modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 014-2013-MINAGRI, que creó la Red Nacional de Difusión de Información

D.S. N° 020-2014-MINAGRI.-

Se hace mención que, mediante Resolución Ministerial Nº 0434-2014-MINAGRI de fecha 05 de agosto de 2014, se declara el inicio de implementación de la aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008- 2014-MINAGRI, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo, dentro del contexto normativo establecido en el numeral 62.3 del artículo 62 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Señalando necesario garantizar la continuidad de las funciones de la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada – REDIAGRO, se requiere modificar el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 014-2012-AG, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 014- 2013-MINAGRI, en lo relacionado a la Secretaría Técnica, a fin de adecuarlo a la actual estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego.

Por lo cual, disponen modificar el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 014-2012-AG, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2013-MINAGRI, el mismo que quedará redactado conforme al texto siguiente:

Artículo 4.- De la Presidencia y Secretaría Técnica La REDIAGRO es presidida por el Viceministro de Políticas Agrarias y la Secretaría Técnica la ejerce la Dirección General de Políticas Agrarias.”

Fecha de publicación: Sábado 25 de octubre

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