R.M. N° 165-2013-PCM
Modifican el artículo 7° de la Resolución Ministerial N° 123-2013-PCM, el cual quedará redactado en los siguientes términos:
“Articulo 7.- Plazo
EL Grupo de Trabajo Multisectorial culminará sus funciones en un plazo que no deberá exceder de noventa (90) días hábiles, contados a partir de su instalación”.