D.S. N° 317-2014-EF.-
Excluyen el Apéndice 1 de la Ley N.° 29173 y normas modificatorias, que contiene la relación de bienes cuya venta está sujeta al Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas, los bienes detallados en los numerales 13 al 41 de dicho Apéndice.
El decreto supremo entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2015 y será de aplicación a las operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del Impuesto General a las Ventas se produzca a partir de dicha fecha.