Modificación de los artículos 7º y 18º del Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera.

Decreto Supremo N° 013-2008-PRODUCE.

Se dispone la modificación de los artículos 7º y 18º del Reglamento de la Ley del Servicios Nacional de Sanidad Pesquera (Decreto Supremo Nº 025-2005-PRODUCE), referentes a la condición para la certificación y el protocolo técnico, respectivamente.

Esta norma entrará en vigencia el 17 de junio de 2008.

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