R.S. N° 193-2009-DE/SG
Se ha dispuesto que las personas civiles que se encuentren en las provincias de Bagua Utcubamba del Departamento de Amazonas que dan prohibidas de circular por la vía pública entre las 3 p.m. hasta las 6 a.m. del día siguiente, mientras dure el Estado de Emergencia.
Solo en caso excepcional, de riesgo de la salud o vida de las personas, los pobladores podrán circular por la vía pública en el horario mencionado a fin de procurar la asistencia correspondiente, para lo cual deberán portar un trozo de tela, pañuelo o similar de color blanco en alto, que permita su identificación.