Res. N° 040-2010/SUNAT/A
Se establece las pautas a seguir para el Reingreso Temporal de Mercancías exportadas que no fueron aceptadas y su posterior Salida, luego de levantar las observaciones realizadas en el país de destino. Dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en el despacho de Reingreso/Salida de mercancías.