Res. N° 006-2010/SUNAT
Para el ejercicio gravable 2010, los importes a que se refieren los supuestos previstos en los literales a) y b) del numeral 2.1 del artículo 2 y los literales a) y b) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 013-2007/SUNAT, serán los que se publican en la presente norma.