Resolución N° 059-2008/SUNAT.
Se ha dispuesto prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el Anexo Nº 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 233-2007/SUNAT para los periodos tributarios abril y octubre de 2008, tratándose de los deudores tributarios que no sean Buenos Contribuyentes o Unidades Ejecutoras del Sector Público y que cumplan con los siguientes requisitos: que su domicilio fiscal esté ubicado en la provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao; y que el último número de su RUC sea 0,1 u 8, 9, según al mes al que corresponda la obligación. La norma estipula las nuevas fechas de vencimiento de los periodos abril y octubre de 2008.
Por otro lado, se ha resuelto también la prórroga de la fecha de vencimiento establecida en el Anexo Nº 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 233-2007/SUNAT, para el caso de las operaciones del ITF correspondientes a los deudores tributarios con domicilio fiscal ubicado en la provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao, y realizados entre las fechas del 01/11/2008 al 15/11/2008. La norma señala como último día de pago el 24 de noviembre de 2008.