Resolución Legislativa del Congreso N° 013-2008-CR.
Mediante esta resolución se delega en la Comisión Permanente del Congreso de la República, la facultad de legislar, del 16 de junio de 2008 al 16 de julio de 2008, sobre los siguientes asuntos.
-
Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa y otras proposiciones que se encuentren en la Agenda del Pleno del Congreso y que se acuerden en la Junta de Portavoces, conforme a sus atribuciones; y,
-
Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, que tienen prioridad en el debate.
Asimismo, se excluye de los asuntos antes referido, aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, de acuerdo a la Constitución Política del Perú (artículo 101º numeral 4 segundo párrafo), así como aquellos asuntos que exijan votación calificada o son consideradas de competencia exclusiva del Pleno del Congreso, según la Constitución Política del Perú y el Reglamento del Congreso.