Sustituyen relación de importadores frecuentes aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 132-2008-SUNAT/A

Res. N° 483-2011/SUNAT/A

Se sustituye la relación de importadores frecuentes por incumplimiento de los requisitos del artículo 2° del Decreto Supremo N°193-2005-EF, la relación de importadores frecuentes se encuentra publicada en el portal web de la superintendencia, entrando en vigencia a los 15 días calendario, computados a partir del 29 de diciembre del 2011.
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