R.D.N° 013 – 2010 – SENASA – DSA
Mediante esta norma se suspende por un periodo de 90 días calendario, la importación de equinos destinados a reproducción, competencia o deporte, crianza, espectáculos, exposición o ferias, internamiento temporal, matanza y otros, procedentes de la provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.