Suspenden actividades extractivas del recurso “trucha arco iris” en cuerpos de agua públicos de los departamentos de Cusco y Huánuco, así como su transporte, comercialización y procesamiento.

R.M. N° 293-2014-PRODUCE.-

Suspenden las actividades extractivas del recurso “trucha arco iris” (Oncorhynchus mykkis), en los cuerpos de agua públicos de los departamentos de Cusco y Huánuco, así como su transporte, comercialización y procesamiento, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial, hasta el 30 de setiembre del año 2014.

Se establece que las personas naturales y jurídicas que a la fecha de publicación de la Resolución cuenten con stock de trucha proveniente de localidades donde esta Resolución Ministerial es aplicable, tendrán un plazo de siete (7) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial para su comercialización, siempre que presenten una declaración jurada sobre dicho stock a la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional correspondiente.

Los titulares de concesiones o autorizaciones para la realización de acuicultura del recurso trucha en los departamentos de Cusco y Huánuco, que acrediten contar con stock en volumen y talla comercial, ante la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional respectivo, podrán excepcionalmente, cosechar y comercializar dicho stock, debiendo indicar expresamente en el comprobante de pago y guía de remisión, el centro acuícola de procedencia y la Resolución Administrativa de la correspondiente autorización o concesión.

Finalmente también se establece los casos que se exceptúa de la prohibición dispuesta en la Resolución.

Fecha de Publicación: Domingo 31.08.14

X
X