RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 067-2020-PRODUCE
Se suspende la actividad extractiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) realizada por embarcaciones arrastreras, entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 04°00’S, a partir de las 00:00 horas del 15 de febrero de 2020, hasta que el Instituto del Mar del Perú – IMARPE recomiende el reinicio de la actividad extractiva.