R. M. N° 066-2007-PRODUCE
Se han suspendido las actividades extractivas del recurso anchoveta, a partir de las 00:00 horas del día 5 de marzo de 2007, por un periodo de 10 días calendario, en el área comprendida dentro e las 10 millas de la costa.
Los armadores y titulares de establecimientos industriales que incumplan las normas contenidas en la presente Resolución, serán sancionados de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, su Reglamento y el Reglamento de inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.