R.M. 329-2008-PRODUCE
Mediante la presente resolución se ha resuelto suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta Engraulis ringens, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un periodo de diez (10) días calendario; en las siguientes áreas:
a) Entre los 16º00’01’’- 16º59’ Latitud Sur; y
b) Entre los 17º00’- 17º 59’ Latitud Sur, dentro de las 10 millas de la costa.