Resolución Ministerial N° 189–2009–PRODUCE
Se suspende las actividades extractivas del recurso anchoveta a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente resolución, por un período de cinco (5) días calendario en el área comprendida entre los 14º00’00’’ y los 14º59’59’’ Latitud Sur, dentro de las 20 millas de la costa.