Suspenden actividad extractiva del recurso caballa en área del dominio marítimo

 

R.M. N°
305-2015-PRODUCE

Suspenden
la actividad extractiva del recurso caballa (Scomber japonicus peruanus), a
partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución
Ministerial, por un periodo de cinco (05) días calendario, en el área marítima
comprendida entre los 05°30’ – 06°29’ LS dentro de las 10 millas de distancia a
la costa.

El
Instituto del Mar del Perú – IMARPE deberá informar a la Dirección General de
Políticas y Desarrollo Pesquero del Ministerio de la Producción los resultados
del monitoreo de los recursos jurel y caballa, así como recomendar con la
prontitud del caso las medidas de ordenamiento que sean necesarias adoptar para
garantizar el adecuado uso de los recursos pesqueros. 

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