Se suprime, por vencimiento de plazo, la aplicación de los derechos antidumping sobre aceites vegetales refinados de soya, girasol y sus mezclas de Argentina.

Res. N° 015-2012/CFD-INDECOPI

Se suprime, por vencimiento de plazo, la aplicación de los derechos antidumping impuestos por Res. N° 062-2002/CDS-INDECOPI, modificados por la Res N° 021-2009/CFD-INDECOPI, sobre importaciones de aceites vegetales refinados de soya, girasol y sus mexclas, originarios de Argentina, producidos o exportados por las empresas Molinos Rio de la Plata S.A., Aceitera General Deheza S.A., Nidera S.A. y Aceitera Martinez S.A.

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