R.Leg. N° 023-2005-CR
Se delega en la Comisión Permanente del Congreso de la República la facultad de legislar, desde el 14 al 21 de julio de 2006, previa aprobación de la Junta de Portavoces, con el voto favorable representativo de por lo menos el 80% del número legal de congresistas, sobre los siguientes asuntos:
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Los proyectos y de ley y resolución legislativa que deban ser debatidos con carácter de urgencia y cuya materia se encuentra comprendida en la Agenda Legislativa 2005-2006, aprobada por el Pleno del Congreso de la República y aquellos otros que no están comprendidos en la Agenda Legislativa y que se encontraban en la Agenda del Pleno del Congreso o expedidos hasta el 13 de julio de 2006; y,
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Los proyectos del Poder Ejecutivo enviados con carácter de urgencia, que tienen prioridad en el debate.