Se deja sin efecto desde el 17 de marzo de 201 los derechos antidumping provisionales impuestos por Resolución N° 184-2009/CFD-INDECOPI

Res. N° 043-2010/CFD-INDECOPI

Se deja sin efecto desde el 17 de marzo de 201 los derechos antidumping provisionales impuestos por Resolución N° 184-2009/CFD-INDECOPI, sobre las importaciones de biodiesel puro (B100) y de mezclas que contengan una proporción mayor al 50% de biodiesel (B50) en su composición originarias de los Estados Unidos.

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