Se confirma la Resolución No. 055-2006/CDS – INDECOPI que modificó los derechos antidumping definitivos establecidos en la Resolución No. 007-2004/TDC- INDECOPI./ Res. No. 0279-2007/TDC-INDECOPI.

Res. No. 0279-2007/TDC-INDECOPI

Mediante esta Resolución, la Sala ha resuelto confirmar la Resolución No. 055-2006/CDS-INDECOPI, que resolvió reducir los derechos antidumping impuestos en la investigación original sobre las importaciones de aceros LAC provenientes de Kazajstán y reducir de 13 a 5, las subpartidas arancelarias sujetas a estas medidas.

En este caso, la Sala analizó las cuestiones relacionadas al tema de la determinación del "período prudencial" para efectuar el examen de cambio de circunstancias para el incremento de los derechos antidumping, también, se analizó cuando se puede determinar la existencia de un "cambio de circunstancias" y el tema de la modificación de la cuantía de los derechos antidumping.

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