Resolución que precisa competencias de las Oficinas Regionales y del Gerente de Operaciones de OSINERGMIN

Res. Nº
262-2015-OS/CD.

Modifican el Ítem 1 del Anexo de la Resolución de
Consejo Directivo N° 265-2014-OS/CD, de acuerdo al Anexo N° 1 de la presente
resolución; y, los Anexos del Reglamento del Registro de Hidrocarburos aprobado
por Resolución de Consejo Directivo N° 191-2011-OS/CD, en lo que respecta a la
Autoridad que resuelve los trámites relacionados a las Actividades de
Hidrocarburos líquidos, de acuerdo al Anexo N° 2 de la presente Resolución.

Disponen que la Resolución entrará en vigencia al
día siguiente de su publicación; y, establecen la publicación de la resolución
en el diario oficial El Peruano, y junto con su Exposición de Motivos en el
portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

 

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