R.J No 770-2010-JNAC/RENIEC
Mediante Decreto de urgencia No 044-2010, se dictaron ciertas medidas orientadas a otorgar DNI en forma gratuita a las niñas, niños y adolescentes entre 0 y 14 años de edad de las zonas rurales y urbanas del territorio nacional.
Posteriormente, se emitieron las resoluciones jefaturales No 701-2010-JNAC/RENIEC (la cual estableció diversas modalidades para flexibilizar el tramite del DNI por primera vez para la población entre 0 y 5 años) y No 753-2010-JNAC/RENIEC, para la población entre 6 y 14 años. En el marco del Decreto de urgencia citado, mediante la presente Resolución se busca aplicar los criterios de flexibilización de la resolución jefatural No 701-2010-JNAC/RENIEC para la atención de menores entre los 6 y 14 años, de forma que al efectuarse trámites de DNI para dichos menores (durante las campañas en instituciones educativas), se considere como referente la dirección domiciliaria consignada en la ficha de matrícula o declaración jurada que suscriba el declarante.
Asimismo, también se admite la declaración jurada de parentesco hechas por familiares consanguíneos (ascendientes, hermanos mayores de edad, tíos) de dichos menores.